El Concejo Deliberante mediante Ordenanza Nº 3859/18, establece que la limpieza de predios particulares cuando la misma se origine de oficio por razones de salubridad y/o seguridad, se cobrará el importe equivalente al total anual de la Tasa por Conservación de la Vía Pública de la partida respectiva, por cada vez que se brinde el servicio especial.
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